Micelio
Auto15 de marzo de 1999

A- de 1999

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Junca Bermudez Maria Cristina·Demandado Secretaria De Educacion Del Distrito

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Por Falta De Notificacion De Tercero Con Interes Legitimo En Tutela
  • Declaración por no allanamiento respecto iniciación de la acción
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró la nulidad de lo actuado por el Juzgado a partir del auto admisorio de la demanda, dentro del proceso de la referencia, toda vez que no se realizó la debido notificación acerca de la iniciación del trámite de tutela, como tampoco lo fueron las personas indicadas en el folio 174 del expediente y el interés que se puede derivar del pronunciamiento del despacho es evidente.

En consecuencia, se devolvió el expediente al citado juzgado para que rehiciera la actuación surtida dentro del proceso instaurado por la demandante.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DECLARAR la nulidad de lo actuado por el Juzgado 26 Civil del Circuito de Santafe de Bogota, a partir del auto admisorio de la demanda, dentro del proceso de la referencia.
  2. Segundo. ORDENAR al Juzgado 26 Civil del Circuito de Santafe de Bogota rehacer la actuacion surtida a partir del auto admisorio de la demanda, dentro del proceso de tutela instaurado por Maria Cristina Junca Bermudez.
  3. Tercero. Por Secretaria General, procedase a devolver el expediente al Juzgado 26 Civil del Circuito de Santafe de Bogota, para el cumplimiento de lo ordenado en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.